Según el idéntico b) del artículo 35 de la ralea 29783 Condición de Seguridad y Vitalidad en el Trabajo del Perú, todas las empresas del Perú deben “Realizar no menos de cuatro capacitaciones al año en materia de seguridad y Salubridad en el trabajo” y según el literal f) del artículo 79 de la misma índole, se establece que una de las